Tarjeta Débito San Rafael

Tarjeta Débito San Rafael

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Débito San Rafael, cuenta de depósito a la vista ligada a una tarjeta de débito que garantiza la disponibilidad del efectivo y compras en establecimientos autorizados.

REQUISITOS

  • Ser Socio de Caja Popular San Rafael, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. con parte social cubierta.
  • Tener actualizado su expediente de socio mínimo con un año de antigüedad a la fecha de la contratación de la cuenta Débito San Rafael.
Presentar original y copia de:
  • Comprobante de domicilio vigente menor a 60 días (Recibo de luz, comprobante emitido por CFE, Comprobante de Agua o teléfono fijo aun cuando no esté a su nombre, predial con pago vigente dentro de los 60 días, constancia de domicilio expedido por el ayuntamiento máximo 60 días de antigüedad a su expedición).
  • Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial para votar, pasaporte nacional, cédula profesional o licencia de conducir del estado de Jalisco).
  • Cubrir depósito inicial de $100.00.
Características
  • Podrás realizar compras con terminales de punto de venta en el país.
  • Retiro en efectivo en los supermercados participantes.
  • Depósitos en efectivo en cualquiera de nuestras sucursales.
  • Podrás realizar retiros en cajeros automáticos de Caja San Rafael y RED hasta por $8,000.00 acumulados por día.
  • Podrás comprar a través de cajeros automáticos de Caja San Rafael y RED tiempo aire para telefonía celular.
  • Producto en moneda nacional.

RENDIMIENTOS

 

Monto mínimoTasa de Interés Anual*Gat Nominal Antes de Impuestos** Gat Real Antes de Impuestos
$100.00 en Adelante 0.0% 0.00% 0.00%

* GAT NOMINAL antes de impuestos. Para fines informativos y de comparación.

**GAT REAL antes de impuestos. Para fines informativos y de comparación. La GAT REAL es el rendimiento que obtendría después de descontar la inflación estimada Para fines informativos y de comparación (Calculada al 1ro. de febrero del 2024).

Producto garantizado por el Fondo de Protección a que se refiere el Titulo Cuarto de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. 

“Únicamente están garantizados por el Fondo de supervisión auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de protección a sus ahorradores los depósitos de dinero: a la vista, de ahorro, a plazo fijo, retirables en días preestablecidos o con previo aviso, hasta por el equivalente a veinticinco mil UDIs por persona física o moral,cualquiera que sea el número y clase de operaciones a su favor y a cargo de una misma Institución Financiera, en caso de que se declare su disolución y liquidación, o se decrete su concurso mercantil. Dicho fondo de protección, cubrirá el principal y accesorios de los depósitos de dinero referidos a la fecha en que se hubiere declarado la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo o decretado su concurso mercantil, descontando el saldo insoluto de los préstamos o créditos con respecto de los cuales sea deudor el Socio Ahorrador de que se trate, por lo que para estos efectos dichos préstamos o créditos vencerán de manera anticipada”. 

Equivalente del fondo de protección a conversión en pesos moneda nacional
$ 202,725.30 calculado al 29 de Febrero del 2024.